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Facturación electrónica en Ecuador 2026: qué cambia en tu sistema

Facturación electrónica SRI 2026: transmisión inmediata, nuevas reglas de anulación, RUC del proveedor y placa en transporte. Qué debe ajustar tu sistema.

· Software Engineer7 min de lectura
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La facturación electrónica del SRI cambió en 2026 en cuatro puntos que tocan directamente al software que emite tus comprobantes: desde el 1 de enero ya no existe el plazo de cuatro días hábiles para transmitirlos, la anulación tiene reglas y fechas nuevas, los sistemas de terceros deben identificar al proveedor en el XML y las facturas de transporte terrestre comercial deberán llevar la placa del vehículo a más tardar el 31 de diciembre de 2026.

Esta nota resume qué dicen las resoluciones, a quién afectan y qué conviene revisar en tu sistema. No es asesoría tributaria: para decidir cómo aplica a tu empresa, consulta a tu contador o directamente al SRI.

Transmisión inmediata: se acabó el plazo de cuatro días

Hasta 2025, el artículo 7 de la Resolución NAC-DGERCGC18-00000233, en la redacción que le dio la Resolución NAC-DGERCGC24-00000035, permitía transmitir el comprobante al SRI «en el momento mismo de realizarse la generación del comprobante electrónico, o hasta dentro de un máximo de cuatro días hábiles». La Resolución NAC-DGERCGC25-00000014 (Registro Oficial del 30 de junio de 2025) eliminó la parte «o hasta dentro de un máximo de cuatro días hábiles», y la Resolución NAC-DGERCGC25-00000017 fijó que el cambio rige desde el 1 de enero de 2026.

En la práctica, la transmisión inmediata de comprobantes electrónicos significa que el envío al SRI va atado al momento en que se genera el comprobante, no al día en que lo entregas al cliente. Un sistema que acumula facturas y las envía en lote al final del día, o cuando alguien se acuerda, quedó fuera de la norma.

No transmitir a tiempo tiene multa. La Resolución NAC-DGERCGC24-00000022 fija sanciones en remuneraciones básicas unificadas (RBU) según el tipo de contribuyente: desde 1 RBU para negocios populares del RIMPE hasta 30 RBU para grandes contribuyentes. Y un comprobante cuenta como transmitido solo si se envió dentro del plazo que fija la normativa vigente, pasó las validaciones de recepción del SRI y refleja la misma información y los mismos valores de la transacción.

Anulación de comprobantes: nuevas reglas desde agosto de 2025

La Resolución 14, con los ajustes de la Resolución 17, ordenó la anulación de comprobantes emitidos desde el 1 de agosto de 2025:

  • Canal. Los comprobantes de venta se anulan en línea o con una nota de crédito. Las retenciones y los documentos complementarios (notas de crédito, notas de débito, guías de remisión) solo en línea. El Facturador SRI sirve para anular únicamente lo que se emitió en ese aplicativo.
  • Plazo. La anulación en línea es posible hasta el día 7 del mes siguiente a la emisión; si ese día es de descanso o feriado, pasa al siguiente día hábil. Hay excepciones puntuales para retenciones vinculadas al impuesto a la salida de divisas (ISD). Después, una venta solo se reversa con nota de crédito. Si lees «día 10» en alguna nota, corresponde a la versión anterior a la reforma.
  • Aceptación del receptor. Para anular retenciones, notas de crédito y notas de débito, el receptor tiene 5 días hábiles para aceptar; si no responde, el comprobante sigue válido. La excepción: si el receptor es extranjero o consta como fallecido, la anulación no necesita su aceptación.
  • Consumidor final. Desde el 1 de enero de 2026, las facturas a consumidor final no se pueden anular una vez emitidas y transmitidas, ni reversar con nota de crédito.
  • Aviso al cliente. El emisor debe informar al receptor cualquier cambio de estado del comprobante.
  • Notas de crédito. La Resolución 17 eliminó el límite de 12 meses para emitir notas de crédito.

Para tu sistema, esto quiere decir que la anulación ya no es un botón que borra la factura: es un flujo con fecha límite, estados y, en algunos casos, una respuesta del cliente.

Registro de proveedores de facturación electrónica

La Resolución NAC-DGERCGC26-00000027 (5.º Suplemento del Registro Oficial n.º 335, 28 de julio de 2026) crea el registro de proveedores de facturación electrónica. Tiene dos partes: una para quien vende el software y otra para quien lo usa.

  • Quién se registra. Los proveedores domiciliados en Ecuador, o con establecimiento permanente en el país, que desarrollan y son dueños del código fuente de sistemas de facturación electrónica para comercializarlos, o que tienen las licencias y el código fuente de sistemas hechos por terceros para comercializarlos. Se registran con un establecimiento exclusivo en el RUC y la actividad económica correspondiente.
  • Plazo de inscripción. La resolución da 30 días desde su publicación, sin decir si son hábiles o calendario. Si desarrollas o vendes software de facturación, confirma tu situación con el SRI.
  • Listado público. El SRI publica el listado de proveedores registrados desde octubre de 2026 y lo actualiza cada mes.
  • Quién emite. Si emites con un sistema de un tercero, cada XML debe llevar en infoAdicional un campoAdicional con nombre="RUC Proveedor" y el RUC de ese proveedor, según el Anexo 26 de la ficha técnica 2.34, a la que remite la resolución. El plazo fue de 60 días calendario desde la publicación, así que venció a finales de septiembre de 2026.

Transporte terrestre comercial: la placa va en la factura

La Resolución NAC-DGERCGC26-00000024 (Registro Oficial del 13 de julio de 2026) cambió la facturación del transporte terrestre comercial, excepto taxis:

  • Los socios de las operadoras no podrán facturar el servicio directamente al cliente; factura la operadora.
  • La factura electrónica de la operadora debe llevar el número de placa del vehículo en el campo placa. Según la ficha técnica, el formato es ABC1234 (las placas de tres dígitos se completan con cero: ABC0123).
  • La Resolución NAC-DGERCGC26-00000028 (Registro Oficial del 3 de agosto de 2026) amplió el plazo para incluir la placa y actualizar el RUC hasta el 31 de diciembre de 2026. Hasta esa fecha, los socios pueden seguir facturando como puntos de emisión de la operadora, con su razón social y su RUC en la información adicional del comprobante. El cambio de actividad en el RUC de los socios rige desde el 1 de enero de 2027.

Qué debe hacer tu sistema: checklist técnico

Si tu sistema de facturación es propio, o integras tu ERP o tienda en línea con el SRI, revisa esto:

  1. Envío en el momento. El comprobante se transmite al generarse, sin colas manuales ni envíos en lote diferidos.
  2. Flujo asíncrono completo. La ficha técnica separa recepción y autorización: tras la respuesta «RECIBIDA», el sistema consulta la autorización después de un tiempo parametrizable. La respuesta puede tardar hasta 24 horas.
  3. Reintentos sin duplicados. Ante el error 70 (clave en procesamiento), la ficha pide no reenviar ni generar otro comprobante con otra clave de acceso y secuencial hasta tener respuesta. El sistema debe evitar secuenciales y claves duplicadas.
  4. Caídas del servicio. Las claves de contingencia se eliminaron en 2015 y la ficha vigente solo admite la emisión normal. Si el web service no responde (tiempo de espera agotado o error de conexión), el sistema debe guardar el comprobante, reintentar y alertar a alguien, no descartarlo.
  5. Anulación como flujo. Controla el día 7 del mes siguiente, bloquea la anulación de facturas a consumidor final y registra la aceptación del receptor en retenciones, notas de crédito y notas de débito.
  6. Campos nuevos. RUC Proveedor si usas un sistema de un tercero; placa si eres operadora de transporte, con la transición de los puntos de emisión de los socios hasta el 31 de diciembre de 2026.
  7. Ficha al día. Revisa periódicamente la página de facturación electrónica del SRI: la ficha técnica cambió dos veces solo en julio de 2026.

Cómo te ayudamos

En Adelmi conectamos sistemas de facturación, ERP y tiendas en línea con los web services del SRI, con envío inmediato, reintentos controlados y alertas cuando algo falla. Revisa nuestro servicio de integraciones y APIs o conoce cómo trabajamos como empresa de desarrollo de software en Ecuador. Si la facturación es parte de un sistema más grande, la guía sobre cuánto cuesta un software a medida te da rangos de referencia.

Fuentes

  1. SRI: Resolución NAC-DGERCGC25-00000014 (anulación de comprobantes electrónicos) (consultado el 4 de noviembre de 2026)
  2. SRI: Resolución NAC-DGERCGC25-00000017 (reforma a la Resolución 14) (consultado el 4 de noviembre de 2026)
  3. SRI: Resolución NAC-DGERCGC24-00000035 (plazo de transmisión) (consultado el 4 de noviembre de 2026)
  4. SRI: Resolución NAC-DGERCGC24-00000022 (sanciones por no entregar o no transmitir comprobantes) (consultado el 4 de noviembre de 2026)
  5. Registro Oficial, 5.º Suplemento n.º 335 (28-07-2026): Resolución NAC-DGERCGC26-00000027 (consultado el 4 de noviembre de 2026)
  6. SRI: Ficha técnica de comprobantes electrónicos, esquema offline, versión 2.34 (julio 2026) (consultado el 4 de noviembre de 2026)
  7. Registro Oficial, 4.º Suplemento n.º 324 (13-07-2026): Resolución NAC-DGERCGC26-00000024 (consultado el 4 de noviembre de 2026)
  8. Registro Oficial, 5.º Suplemento n.º 339 (03-08-2026): Resolución NAC-DGERCGC26-00000028 (consultado el 4 de noviembre de 2026)
  9. SRI: Facturación electrónica (consultado el 4 de noviembre de 2026)